PERMISO DE MENOR

El Permiso de Menor es una autorización expresa de los representantes legales de un menor de 18 años de edad para obtener su propio pasaporte y/o para viajar solo o acompañado por uno de los padres, al exterior.

Para obtener el Permiso de Menor se deberán presentar uno o ambos padres (o tutor) en el Consulado con su documentación personal (pasaporte, cédula de identidad, partida de nacimiento del menor con una vigencia de 1 año, partida de defunción de padre y/o madre, etc.).

Para obtener un pasaporte nuevo, si el menor posee Cédula de Identidad deberá presentarla junto con una partida de nacimiento con una vigencia de 1 año.

  • Para que un menor hijo de madre o padre uruguayo pueda salir del Uruguay solo o acompañado por uno de los padres deberá expedirse Autorización a menor correspondiente.
  • También se expide autorización a menor para la obtención de su pasaporte.

 

  • Requisitos:

–        Partida de nacimiento original, en el caso de que se presente una fotocopia se debe indicar que el padre o madre no aporta la documentación de filiación con el menor, lo que obliga a la persona a cargo de éste, en Uruguay, a presentar documentación original.

–        Documento de Identidad de los padres que autorizan (siempre que se pueda que presenten documentación uruguaya)

–        Copia de Cédula de Identidad uruguaya (en el caso de que el menor la posea)

–        Copia de pasaporte uruguayo del menor

–        Copia de Cédula del otro padre

–        Si el menor viaja acompañado  por alguien, copia del pasaporte de dicha persona.

 

CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES

En Uruguay:

El interesado envía directamente a una persona en Uruguay una fotocopia de su cédula de identidad (aunque esté vencida).

Dicha persona presenta esa copia en la Dirección Nacional de Policía Técnica, Guadalupe Nº 1513, esq. San Martín de lunes a viernes de 07:00 a 12:00 horas y de 13:00 a 17:30 horas y  solicita  el  certificado  de  buena  conducta.

Una vez  obtenido dicho certificado, (duración aprox.: 15 días),  la misma persona debe enviar el documento original directamente al interesado, previo paso por  con el Ministerio de Relaciones Exteriores para poner la Apostilla de la Haya.

  • Vía  Formulario de Solicitud de Certificado de Antecedentes Judiciales:

Si el interesado no posee su Cédula de Identidad o la extravió, puede hacer la solicitud del Certificado de Antecedentes Judiciales a través de este Consulado General.

Deberá aportar nombre completo y Nº de Cédula de Identidad de la persona que gestionará el trámite en Uruguay.

Previa cita telefónica, se presenta en esta Oficina Consular para tomar huellas y expedir el formulario correspondiente.

Luego remitirá la mencionada solicitud a la persona que lo representará en Uruguay, la que la presentará en la Dirección Nacional de Policía Técnica del Ministerio del Interior. Ésta expedirá el certificado de habilitación policial en un plazo de 48 horas.

Una   vez  obtenido  dicho certificado (duración aprox.: 2  días),  la misma persona debe enviar el documento original directamente al interesado, previo paso por  con el Ministerio de Relaciones Exteriores para poner la Apostilla de la Haya.

EL CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES CADUCARÁ A LOS 90 DÍAS DE EXPEDIDO.

 

CERTIFICADO DE SOLTERÍA

El interesado debe pedir cita telefónicamente y presentarse con su pasaporte uruguayo o cédula de identidad uruguaya.

Deberá acudir además con dos testigos que no sean familiares, con sus documentos de identidad vigentes.

REPATRIO

Que se entiende por Repatrio?

El Repatrio es el regreso de un ciudadano uruguayo, natural o legal, al territorio de la República desde cualquier país en el cual resida en forma transitoria o definitiva.  Se efectúa a cargo del Estado uruguayo y con el compromiso por parte del interesado de la devolución del costo del traslado.

Será considerado a partir de la solicitud directa de la persona interesada, por razones justificadas de  salud, indigencia, indocumentación u otros motivos graves.

Se tendrá en cuenta la situación de vulnerabilidad especial de mujeres, menores, discapacitados o enfermos graves.

Es importante destacar que el Repatrio no constituye una obligación para el Estado uruguayo, sino que  es un instrumento de ayuda y asistencia al compatriota y está sujeto a las circunstancias de oportunidad, tiempo, lugar, condiciones del caso y disponibilidad financiera del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Una vez otorgada la autorización de Repatrio por parte de la Dirección General para Asuntos Consulares y Vinculación del Ministerio de Relaciones Exteriores, el interesado deberá firmar una declaración jurada en esta Oficina Consular, comprometiéndose  a devolver el dinero que implique su repatrio en un plazo no mayor a seis meses desde su arribo a la República.

VISAS

Los ciudadanos de los países del MERCOSUR, Bolivia, Colombia, Chile, Ecuador y Perú NO requieren visa para ingresar a Uruguay.  El requisito imprescindible es  viajar con Pasaporte o documento de identidad vigentes.

Los ciudadanos portadores de pasaportes comunes de otra nacionalidad, deberá consultar el listado de países exonerados del requisito de visa para ingresar a Uruguay en el siguiente link:

http://www.mrree.gub.uy/frontend/page?1,inicio,ampliacion-tramites,O,es,0,PAG;CONC;120;3;D;lista-de-paises-exonerados-de-visa;3;PAG;

Es importante destacar que la solicitud de visa se gestiona ante el Consulado del país al cual se viaja.

CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN CONSULAR

Certificado que deja constancia de la inscripción en el Registro de Nacionalidad y Ciudadanía.

Si el interesado no estuviera inscripto en el mencionado Registro, puede hacerlo en el momento de expedir su Certificado.

CERTIFICADO DE RESIDENCIA

Certificado que deja constancia el tiempo de residencia del interesado en España.

El interesado debe pedir cita telefónicamente y presentarse con su pasaporte uruguayo o cédula de identidad uruguaya (donde conste las entradas y salidas de Uruguay) y certificado de empadronamiento actual donde conste fecha del alta en el padrón correspondiente.

INGRESO DE ANIMALES DOMESTICOS

Requisitos para el ingreso  de perros y gatos:

Se debe gestionar ante el organismo correspondiente del país (Ministerio o Servicio de Ganadería y/o Agricultura) un certificado en el que conste que el animal está libre de enfermedades transmisibles y vacunación antirrábica vigente con un máximo de 30 días del embarque.

El mismo certificado deberá acreditar en el caso de perros la dosificación contra la tenia equinococcus con praziquantel como principio activo, la cual deberá haber sido administrada como mínimo de 72  horas y un máximo de 30 días antes del embarque.

En el caso de que el animal permanezca menos de 30 días dentro del territorio de la República  podrá  regresar al país de origen con el mismo certificado.  En caso contrario, deberá gestionar la misma documentación en las oficinas del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca de Uruguay, dentro de los 10 días previos al viaje.

Para el ingreso de otros animales distintos a los señalados anteriormente, se recomienda solicitar información a:

División Sanidad Animal del MGAP
Director : Dr. Ricardo Pérez Rama 
Teléfono …: (00598-2) 412 63 44 / 19
Fax ………..: (00598-2) 412 63 06 – 4126338
E-mail …….: disana@adinet.com.uy o Dra R. Guerrero: rguerrero@mgap.gub.uy

y con la División Fauna – Dpto. Técnico del MGAP
teléfono: +598+2 9156453
renare@mgap.gub.uy

 

REQUISITOS ENTRADA UNION EUROPEA

Para el ciudadano que reside en Uruguay y desea viajar a España, nuestro consejo es que concurra al Consulado de España en Uruguay y se interiorice correctamente de los requisitos necesarios, con la debida antelación.

En caso de que el familiar o amigo del viajero resida en España, éste deberá concurrir a la Dirección de Extranjería más próxima y averiguar los requisitos.