Trámites

EXPEDICIÓN PASAPORTE MAYOR DE EDAD

Documentos que debe presentar:

  • Partida de Nacimiento URUGUAYA del ciudadano que realiza el trámite por primera vez.
  • Cédula de identidad uruguaya, o en su defecto denuncia de extravío o hurto realizada ante la Policía con la documentación española que posea (DNI o NIE).
  • Certificado de Antecedentes Judiciales españoles APOSTILLADOS. (Requisito imprescindible de acuerdo normativa vigente a partir del mes de septiembre del 2022).

HIJOS DE URUGUAYOS NACIDOS EN EL EXTERIOR (Ley 16.021):
Partida de Nacimiento del Padre o Madre Uruguayo.

NIETOS DE URUGUAYOS NACIDOS EN EL EXTERIOR (Ley 19.362): 

Partida de Nacimiento del Abuelo o Abuela Uruguaya:
Partida de Nacimiento del Padre o Madre Uruguayo (Ley 16.021). 

RENOVACIÓN PASAPORTE MAYOR DE EDAD

  • Pasaporte original. O en su defecto denuncia de extravío o hurto realizada ante la Policía con la documentación española que posea (DNI o NIE).
  • Cédula de identidad uruguaya. O en su defecto denuncia de extravío o hurto realizada ante la Policía con la documentación española que posea (DNI o NIE). 
  • Certificado de Antecedentes Judiciales españoles APOSTILLADOS. (Requisito imprescindible de acuerdo normativa vigente a partir del mes de septiembre del 2022).

EXPEDICIÓN PASAPORTE MENOR DE EDAD

Documentos que debe presentar:

  • Cédula de identidad uruguaya (si la tuviera) o Documento de identidad (DNI, NIE).
  • Partida de Nacimiento URUGUAYA del ciudadano que realiza el trámite por primera vez.

En esta gestión es imprescindible la autorización de ambos padres.

HIJOS Y/O NIETOS DE URUGUAYOS NACIDOS EN EL EXTERIOR: Ver apartado de Inscripción Nacimientos.

RENOVACIÓN PASAPORTE MENOR DE EDAD

Documentos que debe presentar:

  • Pasaporte original. O en su defecto denuncia de extravío o hurto realizada ante la Policía con la documentación española que posea (DNI o NIE).
  • Cédula de identidad uruguaya. O en su defecto denuncia de extravío o hurto realizada ante la Policía con la documentación española que posea (DNI o NIE).

En esta gestión es imprescindible la autorización de ambos padres.

RENOVACION CEDULA DE IDENTIDAD

A TENER EN CUENTA:
NO ES POSIBLE SOLICITAR CÉDULA DE IDENTIDAD URUGUAYA POR PRIMERA VEZ.
ÚNICAMENTE SE RENUEVA CÉDULA DE IDENTIDAD URUGUAYA, EXCEPTUANDO A RESIDENTES LEGALES.

Documentos que debe presentar:

  • Cédula de identidad uruguaya. O en su defecto denuncia de extravío o hurto realizada ante la Policía con la documentación española que posea (DNI o NIE)..

RENOVACION CEDULA DE IDENTIDAD DE MENOR DE EDAD

Imprescindible autorización de por lo menos un progenitor.

PERMISO DE MENOR

A TENER EN CUENTA:

Si su hijo/a tiene pasaporte uruguayo no precisa este permiso para salir de Uruguay, ya que dicha autorización fue otorgada al momento de tramitar el pasaporte. 
De todos modos, es aconsejable que consulte los requisitos sobre permiso de menor al Consulado del país al que viaje ya que puede variar de acuerdo a la normativa de ese país.

Para coordinar su cita, debe enviar previamente escaneada, la siguiente documentación:

  • Partida de nacimiento del menor/es a autorizar, si este nació fuera de Uruguay deberá presentar partida de nacimiento apostillada.
  • Cédula de identidad uruguaya de quien autoriza o su documento de identidad si es extranjero.
  • Cédula de identidad uruguaya de su hijo/a o documento extranjero.
  • Cédula de identidad uruguaya o documento extranjero del padre, madre o persona autorizada para viajar con el/la menor (si fuera el caso).
  • Además debe proporcionarnos su domicilio y teléfono de contacto.

Una vez analizada esta documentación, se le asignará día y hora.

RECUERDE SIEMPRE DEBE ASISTIR CON EL DOCUMENTO URUGUAYO, AUNQUE TENGA DOBLE NACIONALIDAD. 

INSCRIPCIÓN NACIMIENTOS ANTE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO CIVIL

Este Consulado General opera en el Sistema de Gestión Digital de Registro de Estado Civil de Uruguay, permitiendo la INSCRIPCIÓN DE NACIMIENTOS DE LOS HIJOS Y/O NIETOS DE URUGUAYOS, ASÍ COMO DEFUNCIONES Y RECONOCIMIENTOS DE PATERNIDAD.

IMPORTANTE: SOLO ES POSIBLE REALIZAR LA INSCRIPCIÓN DE LOS NACIMIENTOS PRODUCIDOS EN NUESTRA JURISDICCIÓN (Galicia, Asturias, Cantabria, País Vasco).

Para coordinar su cita, debe enviar previamente escaneada, la siguiente documentación:

  • Partida española de nacimiento, apostillada con un máximo de 30 días de expedición y documento de identidad del interesado (si la tuviera).
  • Partida de nacimiento uruguaya de padre y/o madre uruguaya, con un máximo de 30 días de expedición.
  • Documentos de identidad de ambos progenitores (cédula uruguaya, pasaporte uruguayo, DNI, NIE, etc.).
  • Documento de identidad de DOS TESTIGOS, mayores de edad (cédula uruguaya, pasaporte uruguayo, DNI, NIE, etc.).
  • Para NIETOS DE URUGUAYOS:
Partida de nacimiento uruguaya de abuelo/a uruguayo/a, con un máximo de 30 días de expedición. 
Cédula de identidad uruguaya de abuelo/a (si la tuviera).
    Una vez analizada esta documentación, se le asignará día y hora.

El día de la cita, si el interesado es menor de edad y solo se gestiona la inscripción de su nacimiento, puede comparecer un progenitor (uruguayo/a), presentando toda la documentación ORIGINAL solicitada y con ambos testigos.

Finalizada esta gestión, su hijo/a queda automáticamente registrado en Uruguay y se le entregará un Testimonio de Partida de Nacimiento (sin costo).

Posterior a este registro del nacimiento, podría gestionarse inmediatamente el pasaporte uruguayo del inscripto.

VER APARTADO DE EXPEDICIÓN DE PASAPORTE.

FE DE VIDA (ACTUALIZACIÓN)

  1. Presencialmente

     

    En las oficinas del Consulado General de 9 a 15 horas de lunes a viernes, es necesario acudir con la cedula de identidad uruguaya.

  2. A distancia

     

    Deben enviar una fe de vida emitida por el Registro Civil del Ayuntamiento en el que se encuentren empadronados, por las siguientes vías:

  • Email: consultas.cgsantiagodecompostela@mrree.gub.uy
  • Fax: 981 937 405
  • Correo postal: República de El Salvador Nº 12, 3º A, CP 15701 Santiago de Compostela.

BPS. Validez de fe de vida: 90 días naturales desde la fecha de su expedición. 
Trámites BPS
CAJA MILITAR: Solo se actualiza EXCLUSIVAMENTE en los meses de enero y julio de cada año.
CAJA POLICIAL: Validez de fe de vida: 6 meses.
CAJA PROFESIONALES UNIVERSITARIOS: Validez de fe de vida: 6 meses.
CAJA BANCARIA: Validez de fe de vida: 1 año.

RETORNO: LEY Nº 18.250 Y SU DECRETO REGLAMENTARIO 330/08

Se entiende por retorno al proceso por el cual un uruguayo, que ha vivido en el exterior por un período mayor a dos años y de manera ininterrumpida, decide volver a Uruguay para residir en forma definitiva, ingresando consigo los bienes que la normativa le autoriza.

El artículo 76 de la Ley Nº 18.250 establece:

 ARTÍCULO 76.- Todo uruguayo con más de dos años de residencia en el exterior que decida residir definitivamente en el país, podrá introducir por única vez, libre de todo trámite cambiario y exento de toda clase de derechos de aduana, tributos o gravámenes conexos:
A) Los bienes muebles y efectos que alhajan su casa habitación.
B) Las herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos vinculados con el ejercicio de su profesión, arte u oficio.
C) Un vehículo automotor de su propiedad, el que no podrá ser transferido hasta transcurrido un plazo de dos años a contar desde su empadronamiento. El régimen a que esté sujeto el automotor deberá constar en los documentos de empadronamiento departamental y en el Registro Nacional de Automotores.

El citado vehículo deberá ser empadronado directamente por la persona interesada en la Intendencia Departamental correspondiente.
En las operaciones previstas en este artículo no será preceptiva la intervención del Despachante de Aduana. Establécese la gratuidad de las legalizaciones consulares en los documentos relacionados con el trámite de residencia definitiva en el país de los compatriotas y de su núcleo familiar, que cumplan con los requisitos establecidos en el presente artículo».

Los beneficiarios de la Ley Nº 18.250 o “de Retorno” y su Decreto Reglamentario 330/08, son todos los nacionales uruguayos, tanto los nacidos en territorio nacional como los hijos de padre/madre uruguayos nacidos en el exterior (Ley Nº 16.021) o nietos de uruguayos (Ley Nº 19.362).

Ciudadanos legales y residentes legales, no están amparados en esta ley.

El retorno bajo esta ley es definitivo y por única vez; la persona que en algún futuro quisiera volver a ampararse a este régimen no podrá hacerlo.

Es aconsejable tomar contacto con este Consulado con la debida antelación para coordinar su retorno. Mínimo 2 o 3 meses antes de su mudanza.

Puede accder al documento de Manual para el Retorno en formato PDF aquí.

OTRO RÉGIMEN DE INGRESO DE BIENES LIBRE DE IMPUESTOS PARA REGRESAR A URUGUAY

El Decreto 139/014:
Son beneficiarios los ciudadanos uruguayos y extranjeros con más de un año de residencia ininterrumpida en el exterior.

Este régimen permite ingresar al país (exentos de tributos), muebles y otros bienes de uso doméstico, herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos necesarios para el ejercicio de su profesión, arte u oficio.

Tener en cuenta que esta modalidad, no autoriza el ingreso de vehículos, ni se exoneran los costos de su tramitación en el Consulado ni de la legalización de la documentación por parte del MRREE.

El trámite se inicia siempre en el Consulado correspondiente, donde se obtendrá una constancia de residencia y se intervendrá el listado de enseres.

Es aconsejable tomar contacto con este Consulado con la debida antelación para coordinar su retorno.

INGRESO DE ANIMALES DOMÉSTICOS

Los requisitos de entrada de mascotas a Uruguay, puede consultarlos en el siguiente sitio web:
https://www.gub.uy/tramites/solicitud-ingreso-mascotas-uruguay

Para información adicional, puede consultar al Departamento de Control de Comercio Internacional de la División Sanidad Animal del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca: Teléfono: (00598) 2220 4000 y correo electrónico: dsacomercio@mgap.gub.uy

Se aconseja tener presente cuáles son las formalidades de embarque, las cuales pueden variar según el país y la aerolínea. Le recomendamos averiguar con tiempo suficiente con su agente de viajes o aerolínea con la cual viaje.

SOLICITUD DE VISA PARA INGRESO A URUGUAY

Para coordinar su cita, debe enviar previamente escaneada, la siguiente documentación:

  • Pasaporte del solicitante y copia de otras visas si las posee
  • Documento de identidad (DNI, NIE)
  • Certificado de Empadronamiento que reside en la jurisdicción de este Consulado
  • Certificado de Carencia de Antecedentes Penales expedido por autoridades españolas y de todo otro país donde haya vivido por más de 3 meses en los últimos 5 años, apostillado
  • Reserva de vuelos.
  • Reserva de hotel o datos del alojamiento por el período de estancia.
  • Documentación probatoria de medios de vida.
  • Documentación probatoria de la solicitud de visa (turismo, trabajo, estudio).
  • Datos y documentación de acompañantes si corresponde.

Luego de analizar la documentación se le citará para una entrevista personal.

https://www.gub.uy/ministerio-interior/comunicacion/publicaciones/regimen-visas-admision

PODER NOTARIAL

Si usted necesita apoderar a alguien que actúe en su nombre para diversas gestiones en Uruguay, podrá realizar un PODER con la APOSTILLA DE LA HAYA, ante cualquier Notario español.


También tiene la opción de realizar un PODER ante este Consulado.
Requiere la legalización de la firma del Cónsul General, en el Centro de Atención Ciudadana del Ministerio de Relaciones Exteriores de Uruguay (Cuareim 1384).

Es conveniente que desde Uruguay, su escribano, abogado, banco u Organismo involucrado, le envíe un modelo de ese poder que está necesitando.

Es aconsejable consultar ambas opciones para decidir cuál es la que mejor se adecúa a su situación particular.

TRASLADO A URUGUAY CENIZAS

Para ingresar cenizas mortuorias a Uruguay, el Consulado debe expedirle un CERTIFICADO DE CREMACION (sin costo).

Para esta gestión debe solicitar cita previa y presentar la siguiente documentación:

  • Partida de Defunción Apostillada
  • Certificado Original de Cremación, proporcionado por la Funeraria.

COMPROBACIÓN ESTADO CIVIL / SOLTERO (CERTIFICADO DE SOLTERÍA)

De acuerdo a la normativa vigente, el Certificado de Soltería es expedido únicamente por la Dirección General del Registro de Estado Civil en Uruguay.
Para gestionarlo desde el exterior deberá “INICIAR TRAMITE EN LINEA” en el siguiente enlace:
https://www.gub.uy/tramites/certificado-solteria

  1. Completar los datos del solicitante
  2. Completar los datos de dos testigos que asistirán al Registro Civil en Uruguay
  3. Agendar fecha en la que asistirán los testigos al Registro civil en Uruguay
  4. Pagar el trámite. Si no posee tarjeta uruguaya deberá seleccionar la opción de «Abitab» y un testigo/allegado/tercero, debe abonar el trámite.

Una vez los testigos se presenten en el día agendado al Registro Civil y obtengan el Certificado de Soltería, deberá ser apostillarlo en el Ministerio de Relaciones Exteriores para que el mismo, tenga validez en España.

Recuerde que para apostillarlo deberá obtener cita (puede asistir un tercero) en el siguiente enlace:
https://www.gub.uy/tramites/apostilla-yo-legalizacion-documentos-publicos-uruguayos-extranjeros-tengan-efecto-exterior-republica

COMPROBACIÓN ESTADO CIVIL / CASADO

Tramitar su partida de matrimonio, a través de un tercero en Uruguay.
Ver información en el siguiente enlace: https://www.gub.uy/tramites/solicitud-partidas

Recuerde que las partidas de estado civil expedidas por la Dirección General del Registro de Estado Civil para ser aceptadas en España, deben estar APOSTILLADAS.

Recuerde que para apostillarlo deberá obtener cita (puede asistir un tercero) en el siguiente enlace:
https://www.gub.uy/tramites/apostilla-yo-legalizacion-documentos-publicos-uruguayos-extranjeros-tengan-efecto-exterior-republica

Tenga en cuenta que también puede solicitar su partida de matrimonio apostillada, a través de este Consulado. Plazo de gestión: 30-60 días.

COMPROBACIÓN ESTADO CIVIL / DIVORCIADO

Tramitar su partida de matrimonio, a través de un tercero en Uruguay, donde al margen figure la disolución del mismo.
Ver información en el siguiente enlace: https://www.gub.uy/tramites/solicitud-partidas

Recuerde que las partidas de estado civil expedidas por la Dirección General del Registro de Estado Civil para ser aceptadas en España, deben estar APOSTILLADAS.

Para esta gestión deberá obtener cita (puede asistir un tercero), en el siguiente enlace:
https://www.gub.uy/tramites/apostilla-yo-legalizacion-documentos-publicos-uruguayos-extranjeros-tengan-efecto-exterior-republica

Tenga en cuenta que también puede solicitar su partida de matrimonio con divorcio registrado y apostillada, a través de este Consulado. Plazo de gestión: 30-60 días.

APERTURA DE CUENTA EN EL BANCO REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY – BROU

Para abrir una cuenta en el Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU) desde el exterior, usted debe gestionar con el Consulado una Constancia de Ingresos y una Constancia de Residencia. Sin costo.

Para ello es necesario solicitar cita previa y presentar documentación acreditativa de sus ingresos personales y Certificado de empadronamiento actual.

Este trámite debe finalizarse en FORMA PRESENCIAL en la sucursal del Banco a su elección, en Uruguay.
Para continuar el procedimiento de apertura de una cuenta de ahorro en el Banco República, se debe ingresar en el sitio web del Banco:

  1. Para dar inicio a la apertura online, deberá ingresar al sitio web del BROU: www.brou.com.uy, o ingresando directamente a través del siguiente enlace web: https://servicios.brou.com.uy/inclusion_financiera/e_ejecutivo/RegistroPersonas
  2. A continuación, se deben ingresar los datos personales que se solicitan e indicar el tipo de cuenta en el menú desplegable, seleccionando la opción «Cuenta Ahorro», además de la moneda en la que se desea abrir la cuenta. Aceptar los «términos y condiciones» y hacer click en el botón «Siguiente».
  3. «Agenda web» – En este espacio, se selecciona la Sucursal de su preferencia para finalizar el proceso de apertura de la cuenta, así como el día y la hora convenientes según su estadía en el país.
  4. El proceso online requiere completar los datos personales restantes que se solicitan en el formulario. Hacer click en el botón «ir al último paso».

Nota: En el campo «Calle» se debe indicar la dirección del Ministerio de Relaciones Exteriores en Montevideo: Colonia 1206. Esta dirección se indica en forma transitoria, será modificada en el sistema del Banco por la dirección del país en el que Usted resida en la instancia presencial.»

CANJE LICENCIA CONDUCIR

De acuerdo al Convenio vigente, los uruguayos residentes en España y que posean un permiso de conducir vigente expedido en Uruguay, pueden canjearlo por un permiso español equivalente, siempre que el permiso hubiera sido obtenido antes de ser residente en España.

Esta gestión se realiza ante la Oficina de Tráfico (DGT), correspondiente a su lugar de residencia con el permiso uruguayo en el plazo de seis meses contados desde que haya adquirido la residencia normal en España.

A TENER EN CUENTA:

  • El permiso de conducir será canjeable si se obtuvo antes de ser residente legal en España, o iste con fecha anterior a la firma del convenio.
  • Para permisos que solo incluyen autorizaciones para vehículo tipo A y B (motos, coches y vehículos ligeros) no es necesario realizar pruebas, el canje es directo.
  • Para el canje de permisos que incluyan autorización para conducir vehículos tipo C y D (camiones y autobuses) normalmente será necesario superar una prueba práctica y en algunos casos también teórica.
  • El permiso debe de estar vigente al momento de realizar el canje.

SOLICITUD DE PARTIDAS
de nacimiento, reconocimiento, matrimonio o defunción

A través de un tercero en Uruguay

La oficina de Montevideo (sita en calle Uruguay 933), emite partidas de cualquier fecha de hechos ocurridos en Montevideo, interior del país y en el Extranjero.
Ver información en el siguiente enlace: https://www.gub.uy/tramites/solicitud-partidas

 Observaciones:

  • En el caso de querer acreditar un Divorcio realizado en nuestro país, se debe solicitar la Partida de matrimonio la que tendrá en su margen la inscripción del divorcio.
  • Las partidas de hechos inscriptos a partir del 01 de enero del 2022, se encuentran en formato digital y se descargan directamente en línea y sin costo.
  • Las partidas del extranjero inscriptas a partir del año 2015 son en formato digital y se descargan directamente en línea y sin costo. Deben ser buscadas en la opción «Datos registrales o actas del extranjero«.

Recuerde que las partidas de estado civil expedidas por la Dirección General del Registro de Estado Civil para ser aceptadas en España, deben estar APOSTILLADAS.

 Para esta gestión deberá obtener cita (puede asistir un tercero), en el siguiente enlace:
https://www.gub.uy/tramites/apostilla-yo-legalizacion-documentos-publicos-uruguayos-extranjeros-tengan-efecto-exterior-republica

A través de éste Consulado

Plazo de gestión: 30-60 días aproximadamente.

Debe enviar correo electrónico indicando en el asunto el tipo de partida solicitada.

Proporcionar datos relativos al documento solicitado:

NACIMIENTO
Nombres y apellidos del ciudadano involucrado.
Ciudad y fecha de nacimiento.
Número de cédula de identidad.
Nombre de padre y madre.

MATRIMONIO
Nombres de los contrayentes.
Ciudad y fecha del matrimonio.

DEFUNCIÓN
Nombre del/a fallecido/a.
Ciudad y fecha de defunción.

REPATRIO: REPATRIACIÓN DE URUGUAYOS QUE SE ENCUENTRAN EN EL EXTERIOR

De acuerdo a lo establecido en el artículo 120 de la ley 18.996, el repatrio «… es el beneficio que el Estado, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, concede a todo nacional o ciudadano legal uruguayo, para que por razones debidamente justificadas de enfermedad, situación de vulnerabilidad social, violencia basada en género, incluyendo las víctimas de trata de personas y violencia doméstica, u otros motivos graves que impidan al individuo regresar por sus propios medios, retornen al territorio de la República desde cualquier Estado o territorio extranjero donde resida en forma transitoria o definitiva.

Será considerado a partir de la solicitud directa de la persona interesada, por razones justificadas de  salud, indigencia, indocumentación u otros motivos graves.

Se tendrá en cuenta la situación de vulnerabilidad especial de mujeres, menores, discapacitados o enfermos graves.

Es importante destacar que el Repatrio no constituye una obligación para el Estado uruguayo, sino que  es un instrumento de ayuda y asistencia al compatriota y está sujeto a las circunstancias de oportunidad, tiempo, lugar, condiciones del caso y disponibilidad financiera del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Una vez otorgada la autorización de Repatrio por parte de la Dirección General para Asuntos Consulares y Vinculación del Ministerio de Relaciones Exteriores, el interesado deberá firmar una declaración jurada en esta Oficina Consular, comprometiéndose  a devolver el dinero que implique su viaje a Uruguay, en un plazo no mayor a seis meses desde su arribo a la República.

EXÁMENES A DISTANCIA: URUGUAYOS POR EL MUNDO

Este es un Programa de la Dirección General de Educación Secundaria, dirigido a mayores de edad residentes en el exterior que mantienen incompletos sus estudios secundarios cursados en Uruguay.

Se ofrece una tutoría virtual durante cuatro semanas con el fin de lograr los aprendizajes para rendir los exámenes en calidad libre de las asignaturas pendientes.

Para ello el docente tutor trabaja de forma virtual en la plataforma CREA.
El estudiante rinde luego en forma presencial los exámenes en el consulado uruguayo más cercano a su lugar de residencia.

¿Cuáles son los requisitos de ingreso?

  • Residir en el extranjero.
  • Contar con una computadora con acceso a internet.

Más información:

https://www.dges.edu.uy/uruguayos_por_el_mundo