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Reintegro haberes jubilatorios de AFAPs

En relación al reintegro de aportes de las Administradoras de Fondos de Ahorro Provisional, el Ministerio de Relaciones Exteriores ha entablado comunicaciones oficiales con las autoridades competentes para conocer en profundidad la naturaleza del trámite previsto en el artículo 18 del  Decreto 413/23. Como resultado de dichas instancias, el Banco Central del Uruguay, entidad reguladora de las AFAPS, informó que los documentos que en general se exigen son los siguientes:

  • Declaración jurada: si bien las declaraciones juradas requeridas por cada AFAP son diferentes, en términos generales se solicita que el usuario declare:  no residir en el país, tener menos de 15 años de servicios  computados, haber realizado aportes a la seguridad social hace más de cinco años y tener menos de 183 días de residencia por año civil (proporcionado por la AFAP correspondiente).
  • Formulario con opciones de retiro total, parcial o prestación (proporcionado por la AFAP correspondiente)
  • Formulario de orden de transferencia a una institución financiera local o del exterior (proporcionado por la AFAP correspondiente)
  • Documentos de identidad nacional o extranjero
  • Apostillado, legalización y traducción, en los casos que corresponda
  • Poder Notarial, en caso de realizar el trámite mediante un apoderado.

Es muy importante que la persona interesada se contacte con la AFAP de la cual es afiliado a efectos de conocer si le corresponde la devolución prevista en el citado decreto y en caso de ser afirmativo, deberá solicitar la documentación que le requiera dicha institución.

De ser necesaria la expedición de Carta Poder  de representación  (la cual tiene validez para las gestiones necesarias ante las AFAPS, y el BPS, así como obtener el certificado de movimiento migratorio ante DNM) y/o la certificación de firma en los documentos remitidos por la AFAP, dichos trámites se podrán realizar de las siguientes formas:

  • Ante este Consulado General  contactando previamente  al teléfono 981 937 401 en el horario de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas (trámite presencial y gratuito).
  • Ante Consulado de Distrito en Bilbao  solicitando cita previa en el  teléfono 94 424 64 74 en el horario de 9:00 a 14:00 y de 16: a 17:00 horas de lunes a viernes (trámite presencial y gratuito).
  • Ante Notario: el costo del trámite depende exclusivamente de los aranceles notariales.

Finalmente, se informa que, por disposición de la Dirección Nacional de Migración de Uruguay, las Oficinas Consulares  no pueden facilitar información relacionada a los movimientos migratorios para trámites ante Organismos  e Instituciones nacionales, por lo que, en caso de necesitar dicho informe, se deberá realizar de forma directa por el interesado o mediante la Carta Poder antes indicada o mediante Poder General expedido por notario.

Quedamos a disposición ante cualquier duda al respecto.

Consulado General del Uruguay en Galicia, Asturias, Cantabria y País Vasco

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